preguntas

¿Tienen fecha de caducidad las cédulas de habitabilidad?

La vigencia de las cédulas es de:

- Cédulas de viviendas nuevas/usadas con fecha de otorgamiento anterior a 2004: 10 años.

- Cédulas de viviendas nuevas/usadas otorgadas del 2004 al 2012: 15 años.

- Cédulas a partir de 2013:

  • Cédulas de primera ocupación: 25 años.
  • Cédulas de primera ocupación de rehabilitación: 15 años.
  • Cédulas de segunda ocupación: 15 años.

- Calificación definitiva de una vivienda protegida con algún régimen de protección pública:

  • Fecha de calificación definitiva anterior al 9/10/09: la calificación definitiva de protección oficial substituye la cédula de habitabilidad de primera ocupación.
  • Fecha de calificación definitiva posterior al 9/10/09: la calificación definitiva de protección oficial substituye la cédula de habitabilidad de primera ocupación durante un período de 15 años si la fecha es anterior al 3/11/12 y de 25 años si es posterior.

¿Cuál es el contenido de una cédula de habitabilidad?

Los datos que constan en la cédula son:

  • La fecha y ubicación de la vivienda
  • La superficie útil de la vivienda y de las habitaciones
  • Las estancias y los espacios que componen la vivienda
  • El umbral máximo de ocupación
  • La identificación y titulación del técnico que certifica la habitabilidad


¿Cómo puedo saber si una vivienda tiene o ha tenido cédula de habitabilidad?

Antes de solicitar la cédula es preciso saber si la vivienda tiene concedida cédula de habitabilidad o no y si esta está vigente o no. Se puede realizar esta consulta en el 012 indicando la dirección de la vivienda. Os indicaran si la vivienda dispone de cédula y cuando se concedió.

En caso que esté concedida y sea vigente se puede pedir un duplicado a la Agencia de la vivienda de Cataluña.


¿Es posible obtener un duplicado de la cédula de habitabilidad?

Siempre y cuando la cédula de habitabilidad sea vigente se puede solicitar un duplicado a la Agencia de la vivienda de Cataluña. La documentación que se deberá aportar, según quien lo solicite, es:

  • Si lo solicita el propietario de la vivienda: escritura de compraventa y DNI.
  • Si lo solicita el arrendatario de la vivienda: contrato de arrendamiento vigente, tres últimos recibos pagados y DNI.
  • Si lo solicita el Representante del propietario: escrituras de compraventa, DNI del representante y del propietario y autorización del propietario.

¿Quién otorga la cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad es otorgada por la "Generalitat de Catalunya", "Departamento de Territorio y Sostenibilidad", basándose en el certificado de habitabilidad emitido por un arquitecto, un arquitecto técnico/aparejador o un ingeniero de la edificación y visado por el colegio profesional que corresponda.


¿Qué debo hacer para obtener o renovar la cédula de habitabilidad de vivienda usada?

Para obtener o renovar la cédula de habitabilidad se debe seguir el siguiente procedimiento:

  • Visita del técnico a la vivienda,
  • El técnico realiza el certificado de habitabilidad con el correspondiente visado al colegio profesional,
  • Solicitud de la cédula de habitabilidad a la agencia de la vivienda de Cataluña,
  • Expedición de la Cédula de habitabilidad por parte de la agencia de la vivienda de Cataluña.

Si desea obtener o renovar su cédula de habitabilidad, contacte con nosotros. En menos de 48 horas inspeccionaremos su vivienda, y si cumple todas las condiciones mínimas de habitabilidad, tomaremos los datos y solicitaremos la cédula de habitabilidad a la agencia de la vivienda de Cataluña. En aproximadamente 30 días (este plazo no depende de nosotros) recibirá la cédula de habitabilidad del su vivienda por correo.

También puede optar por gestionar personalmente la solicitud de la cédula de habitabilidad. En este caso contacte con nosotros y previa inspección de la vivienda emitiremos en menos de 24 horas el certificado de habitabilidad que necesitará para tramitarlo por su cuenta.

No dude en consultarnos sin compromiso. Le aconsejaremos en las dudas que tenga.

Nota: En la visita a la vivienda deberá facilitarnos la siguiente documentación:

  • La cédula de habitabilidad anterior, de primera o segunda ocupación, si existe.
  • Fotocopia del recibo del IBI,
  • Fotocopia de la documentación registral de la vivienda (escritura, o una nota extensa, o un certificado registral,...).

¿Qué documentación es necesaria para obtener o renovar la cédula de habitabilidad de vivienda usada?

Para obtener o renovar la cédula de habitabilidad de vivienda usada es imprescindible presentar un certificado de habitabilidad emitido por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico/aparejador o ingeniero de la edificación) y visado por el colegio correspondiente.

Es recomendable presentar la escritura que identifique claramente el inmueble como vivienda, especialmente en los casos de viviendas ubicadas en planta baja, entresuelo, ático o sobreático y en el caso de viviendas unifamiliares.

En algunos casos especiales (especificados en el apartado siguiente) también es necesario aportar otros documentos como por ejemplo: certificados municipales de legalidad y antigüedad de la vivienda, certificaciones registrales de obra nueva o la primera inscripción registral de declaración de obra nueva, o Certificado del catastro que justifique el año desde que consta con el uso de vivienda.